SERVICIOS RELACIONADOS CON GESTIONES EN EL SECTOR INMOBILIARIO:


LEGALIZACIÓN DE INMUEBLES

Tal vez usted sea propietario de un  inmueble (construcción o suelo) cuya titularidad no puede acreditar por no encontrarse éste inscrito en el registro de la propiedad. Explique su caso particular, le ayudo a buscar una solución.

PROYECTO DE ACTIVIDAD

Para la licencia de apertura de su negocio si el local ya está acondicionado, si no lo está, PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO DE LOCAL.

MEDICIONES Y PLANOS

Mediciones de edificación, medición de terrenos y solares, deslinde y o replanteo de edificación, deslinde y o replanteo de parcelas o solares, medición de unidades de obra (obra o plano)

CERTIFICADOS E INFORMES

Informes, reconocimientos, dictámenes, actuaciones periciales, certificados para espectáculos, certificados para andamios.

VALORACIONES

Relaciones valoradas, memorias valoradas, valoración de inmuebles, valoración de terrenos y solares.

INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE)

Según el artículo 200 de la Lei 9/2002 de 30 de diciembre de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, obliga a los Ayuntamientos mediante la correspondiente ordenanza a la inspección periódica de las edificaciones para determinar su estado de conservación.

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA (CEE)

El Real Decreto por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios ha sido aprobado en Consejo de Ministros el pasado Viernes (5 de abril), dentro de las medidas de apoyo a la vivienda.

La norma establece que a partir de 1 de junio de 2013 será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética. Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

 artículo 14. información sobre el certificado de eficiencia energética.

1. Cuando un edificio se venda o alquile, antes de su construcción, el vendedor o arrendador facilitará su calificación energética de proyecto expidiéndose el certificado del edificio terminado una vez construido el edificio.

2. Cuando el edificio existente sea objeto de contrato de compraventa de la totalidad o parte del edificio, según corresponda, el certificado de eficiencia energética obtenido será puesto a disposición del adquiriente. Cuando el objeto del contrato sea el arrendamiento de la totalidad o parte del edificio, según corresponda, bastará con la simple exhibición y puesta a disposición del arrendatario de una copia del referido certificado.

…."

(noticias sobre este tema)


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